27 de noviembre de 2013

Todo sobre Habilitaciones Comerciales en la Ciudad de Buenos Aires (Pimera parte)



Muchas veces nos parece que los trámites gubernamentales de habilitaciones comerciales son algo complicado y muy difícil de entender, pero no tienen por qué serlo.

Les proponemos empezar de a poco, intentando entender los conceptos básicos.

¿Qué es una habilitación comercial?

Es la autorización previa de la autoridad municipal para el desarrollo de una actividad comercial o industrial.

En el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, la facultad de otorgar esta autorización está en cabeza del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a través de la Agencia Gubernamental de Control, que es el organismo en cargado de otorgar Habilitaciones de Actividades Comerciales o Industriales y Permisos para la realización de Espectáculos y Eventos Masivos.

¿Qué tipos de autorizaciones existen?

Existen diferentes tipos de autorizaciones, de acuerdo al tipo de actividad:

Aviso de actividad: Determinadas actividades no necesitan habilitación comercial, sino sólo realizar un aviso de actividad al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El Aviso de Actividad debe hacerse mediante nota tipo o a través del sistema online previsto por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Ejemplo: Sedes administrativas de las fundaciones, asociaciones civiles sin fines de lucro, entidades gremiales, cámaras empresariales, etc.

Habilitación automática: Es aquella que se otorga en el día, con la constatación de cumplimiento formal de los requisitos en la documentación presentada con la solicitud. Constatado el cumplimiento, automáticamente se extiende el Certificado de Habilitación, en el que constan los datos del solicitante y del local.

Ejemplo: Comercios mayoristas y minoristas cuya superficie afectada (local) no supera los 100 metros cuadrados, excepto locales de elaboración de productos alimenticios.


Habilitación con verificación e inspección previa: Es la habilitación que se otorga luego de que la autoridad de aplicación procede a realizar la verificación técnico administrativa y la inspección de las instalaciones en el local en el plazo que fije la reglamentación.

Ejemplo: Jardines maternales, salones de fiestas, etc.


En la próxima entrega explicaremos un poco del trámite en sí y los requisitos.

¿Les quedó un poco más claro?

¿Le siguen teniendo miedo a estos trámites?


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