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15 de enero de 2014

Habilitaciones comerciales - Parte II



Como prometimos en el post anterior (Todo sobre habilitaciones comerciales Parte I) hoy llega la segunda parte que tan ansiosos (?) estaban esperando.

Ya hablamos de qué es una habilitación comercial y qué tipos hay, entonces ahora tocaremos el tema del ¿cómo?

¿Qué necesito para habilitar un local?

En primer lugar, necesitás un local que sea habilitable para la actividad que vas a realizar en él. Hay algunas restricciones de zonas en la Ciudad de Buenos Aires, por lo que ANTES de poner la firma en el contrato de alquiler, recomendamos asesorarse sobre si ése local puede ser habilitado para la actividad que vas a realizar.

En segundo lugar, necesitás dos profesionales:

1. Arquitecto, ingeniero, maestro mayor de obra o agrimensor: Es el responsable de inspeccionar personalmente el local y verificar que reúna los requisitos urbanísticos y de construcción establecidos por la normativa.

2. Escribano público:  Es quien certificará el cumplimiento de los requisitos.

En general un arquitecto y un escribano trabajan juntos en este tipo de trámites y los honorarios son más accesibles si es el escribano con el que habitualmente trabaja el arquitecto. Dato ;).

¿Qué pasa si el local ya estaba habilitado para otra actividad?

Si se modifican las condiciones de la habilitación (se adicionan más rubros, o aumenta la superficie del local por ejemplo), debe actualizarse la habilitación originaria, o de contrario la misma caduca.

¿Por qué es importante habilitar un local?

Un local funcionando sin habilitación se expone a la clausura del local y a la aplicación de multas por parte del Gobierno de la Ciudad.

Motivos suficientes.

~ ~ ~

¿No parece tan difícil no?
Sólo es cuestión de asesorarse con profesionales responsables y de estar atentos

Saludos!





27 de noviembre de 2013

Todo sobre Habilitaciones Comerciales en la Ciudad de Buenos Aires (Pimera parte)



Muchas veces nos parece que los trámites gubernamentales de habilitaciones comerciales son algo complicado y muy difícil de entender, pero no tienen por qué serlo.

Les proponemos empezar de a poco, intentando entender los conceptos básicos.

¿Qué es una habilitación comercial?

Es la autorización previa de la autoridad municipal para el desarrollo de una actividad comercial o industrial.

En el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, la facultad de otorgar esta autorización está en cabeza del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a través de la Agencia Gubernamental de Control, que es el organismo en cargado de otorgar Habilitaciones de Actividades Comerciales o Industriales y Permisos para la realización de Espectáculos y Eventos Masivos.

¿Qué tipos de autorizaciones existen?

Existen diferentes tipos de autorizaciones, de acuerdo al tipo de actividad:

Aviso de actividad: Determinadas actividades no necesitan habilitación comercial, sino sólo realizar un aviso de actividad al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El Aviso de Actividad debe hacerse mediante nota tipo o a través del sistema online previsto por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Ejemplo: Sedes administrativas de las fundaciones, asociaciones civiles sin fines de lucro, entidades gremiales, cámaras empresariales, etc.

Habilitación automática: Es aquella que se otorga en el día, con la constatación de cumplimiento formal de los requisitos en la documentación presentada con la solicitud. Constatado el cumplimiento, automáticamente se extiende el Certificado de Habilitación, en el que constan los datos del solicitante y del local.

Ejemplo: Comercios mayoristas y minoristas cuya superficie afectada (local) no supera los 100 metros cuadrados, excepto locales de elaboración de productos alimenticios.


Habilitación con verificación e inspección previa: Es la habilitación que se otorga luego de que la autoridad de aplicación procede a realizar la verificación técnico administrativa y la inspección de las instalaciones en el local en el plazo que fije la reglamentación.

Ejemplo: Jardines maternales, salones de fiestas, etc.


En la próxima entrega explicaremos un poco del trámite en sí y los requisitos.

¿Les quedó un poco más claro?

¿Le siguen teniendo miedo a estos trámites?