11 de diciembre de 2013

Derechos del Consumidor

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Ya sea como vendedores o como consumidores, resulta muy importante estar al tanto de lo que dispone la Ley de Defensa del Consumidor que establece los derechos de los consumidores y, como contrapartida, las obligaciones de quienes ofrecen productos o servicios a la venta.

Las pautas generales que hay que tener que tener en cuenta al momento de vender productos o servicios son:

Información y publicidad clara

En el caso de productos, debe brindarse en forma clara el detalle completo del producto en la etiqueta, medios de pago, forma de entrega. En el caso de servicios, de qué forma se brinda, bajo qué condiciones, plazos a cumplir.

Todo lo que sea necesario para que las pautas sean claras en la relación con nuestros clientes.

Emisión de facturas y/o de recibos

El cliente tiene el derecho de solicitar factura, o recibo si lo que paga es una seña.

Contratos con cláusulas claras y precisas

Especificar TODO en el contrato. Al igual que cuando ofrecemos productos o servicios con el fin de captar clientes, las pautas al momento de que compren nuestros productos o contraten nuestros servicios también deben ser claras, para tranquilidad de ambas partes. Un contrato debe servir de guía para la experiencia de
compra y venta.

Nota: El contrato no tiene por qué ser un documento escrito firmado por ambas partes, sino que se entiende por contrato las condiciones de compra que establezcas con tu cliente ya sea por e-mail, en tu sitio web, etc.

Trato digno y equitativo con el cliente

El cliente siempre tiene razón, tiene su equivalente legal (aunque no la tenga). Una respuesta de mala gana, irrespetuosa o directamente la falta de respuesta puede convertirse además en más de un cliente menos. El boca a boca vuela y puede ser positivo o negativo, y en el último caso es difícil revertirlo.

Además, la ley reconoce el derecho de cliente a obtener un trato digno.

Productos exhibidos en vidrieras

En el caso de los productos exhibidos en las vidrieras, todos deben tener su precio a la vista: salvo que se dediquen exclusivamente a la venta mayorista, o se trate de joyas u obras de arte.

¿Qué les parecen estas pautas? ¿Las tenían presentes?

Esperamos que esto pueda ayudar a que crezcamos como vendedores, y como consumidores.


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