A partir del mes de agosto de
2012, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reemplazó los
formularios de identificación fiscal de contribuyentes por el nuevo formulario Nº 960/NM - Data Fiscal, que a través de un código QR permite a los consumidores
obtener la información fiscal de un comercio, por medio de dispositivos móviles
de última generación (“smartphones” o similares) con acceso a Internet.
La resolución Nº 3377/2012 de
AFIP establece que el formulario debe ubicarse en un lugar visible y destacado
próximo a aquel en el que se realice el pago de la operación respectiva, de
manera tal que permita acercar un dispositivo móvil provisto de cámara y con
acceso a “Internet”, a una distancia máxima de un (1) metro para proceder a la
lectura del código de respuesta rápida (QR) impreso en el mismo, por parte del
público en general.
Adicionalmente, los sitios “web”
de los contribuyentes y/o responsables que realicen operaciones de venta de
cosas muebles, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios por cuenta
propia y/o de terceros, deberán colocar en un lugar visible de su página
principal, el logo “Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal”, con su
correspondiente hipervínculo que la AFIP proveerá a tal efecto.
Finalmente, en los últimos días
se conoció la noticia de que la AFIP ha comenzado a enviar notificaciones vía
e-mail a los titulares de dominios registrados en NIC ARGENTINA (Dirección
Nacional de Registro de Dominios de Internet) recordando la obligatoriedad de
la exhibición del formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal” en los sitios webs.
Debe recordarse que la falta de
cumplimiento de las normas de exhibición de los formularios correspondientes
está sujeta a la aplicación de multas y a la posible clausura del
establecimiento.
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Esta publicación no constituye
una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá
procurarse asesoría legal especializada. Comuníquese con nosotros a: info@angelico-rossi.com.ar.
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